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miércoles, 28 de octubre23:53 · BarranquillaClima no disponible

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Derecho administrativo

La entidad no responde, responde otra cosa o expide un acto que afecta su situación. Un derecho de petición genérico no arregla eso.

Subespecialidades

En cada línea se indica si el trabajo es asesoría, litigio o las dos, y ante qué entidad.

  • Tributario

    Asesoría y litigio

    DIAN

  • Sanciones por aportes

    Asesoría y litigio

    UGPP

  • Contratación estatal

    Asesoría y litigio

    Entidad contratante

  • Acto administrativo

    Asesoría y litigio

    Autoridad que expidió el acto

  • Petición

    Asesoría

    El desarrollo está en Acciones constitucionales.

  • Derecho policivo

    Asesoría y litigio

    Inspección de policía. El desarrollo está en Derecho policivo colombiano.

La UGPP también se mira en laboral individual, cuando el debate es el aporte del trabajador y no solo la sanción de la empresa.

Qué hace ECUO

  • Revisar qué se pidió, a quién y en qué fecha.
  • Redactar la petición con un objeto concreto.
  • Evaluar el silencio o la respuesta de fondo.
  • Decir si el paso siguiente es otro trámite o un medio de control.
  • No presentar una tutela para saltarse el procedimiento.

Cómo se trabaja

  1. 01 Comprensión

    Comprender la actuación y los radicados.

  2. 02 Diagnóstico

    Diagnosticar plazos y la vía que sí existe.

  3. 03 Estrategia

    Definir petición, recurso o demanda, si procede.

  4. 04 Acompañamiento

    Acompañar sin prometer que la entidad revoca.

Preguntas

¿El silencio administrativo me da la razón?

No siempre. Hay silencios positivos y negativos, y dependen de la norma del trámite. Se mira el caso.

¿Pueden demandar a cualquier entidad?

Solo si hay acto, hecho o omisión que se pueda discutir y esté en término.

¿La petición reemplaza la demanda?

A veces es el paso correcto. Otras, ya hay un acto que exige otro medio.

¿Atienden contratistas del Estado?

Sí, cuando el conflicto es con la entidad y hay documentos del contrato. No es un área de licitaciones masivas.

¿Hay resultado garantizado?

No. La entidad o el juez deciden. La firma dice si la actuación se sostiene.